La Federación Interinsular de Fútbol de Las Palmas ha emitido la circular número 10 de la presente temporada. La misma está dirigida a regir el funcionamiento de la doble licencia de entrenador o monitor, recogida en el artículo 4 de las Normas Reguladoras de las Competiciones de la FIFLP aprobadas en la pasada Asamblea General.
La FIFLP ha establecido un procedimiento de actuación aplicable a la solicitud y autorización del doble uso de estas licencias de dos formas: una desde el trámite inicial de la primera licencia y otra si se realiza posteriormente.
Así mismo, se recuerda que esa doble licencia sólo puede hacerse en el mismo club y en las categorías y/o divisiones integradas actualmente en la estructura competicional de la FIFLP, y que expresamente se hubiesen incorporado en las últimas temporadas la obligatoriedad de disponer de entrenador titulado.