La Federación Interinsular de Fútbol de Las Palmas, a través de la circular número 36 de la presente temporada, informa del sistema por el que se regulará el uso del millar de test de antigenos que ha adquirido con destino a los equipos de categorías territoriales en los que se presenten supuestos casos de Covid.
Esta iniciativa de la Federación pretende paliar el gasto que supondría la realización de estas pruebas diagnósticas para los equipos modestos, así como garantizar una mayor seguridad en la práctica deportiva.
En el momento en que un club reporte una incidencia al Jefe Médico de la FIFLP (COVID-19) a través del correo seguimientocovid19@fiflp.com, éste determinará lo que corresponda y así lo comunicará al club o clubes afectados.
Si de la incidencia reportada resultase la necesidad de llevar a cabo la realización de test rápidos de Antígenos SARS-CoV-2, entre los integrantes del equipo de que se trate, se procederá del modo siguiente:
Tal circunstancia será advertida por el Jefe Médico de la FIFLP (COVID-19), tanto a los clubes en cuestión, como a la propia Federación, ello al objeto de que los clubes afectados puedan acudir a las oficinas de la propia Federación -sede central- o sus respectivas Delegaciones Insulares, a recoger los test. En el caso de los árbitros, deberán ponerse en contacto con su respectivo Comité.
- El número de test a entregar dependerá del tipo de incidencia reportada; si aquella tuviera su origen en un encuentro de competición, el cómputo se hará en función de los componentes recogidos en la hoja de alineaciones admitida por el árbitro de parte del/los equipo/s afectado/s. En este caso, la información de los árbitros del encuentro se obtendrá de la propia Acta. Si el por el contrario la incidencia se hubiese generado en un entrenamiento, el club afectado vendrá obligado a cumplimentar el formulario que se adjunta a la presente circular como Anexo 1 respecto de las personas que disponiendo de licencia federativa en vigor participaron en dicho entrenamiento.
- Para retirar los test, la persona designada por el club tendrá que exhibir una autorización expresa cuyo formulario se adjunta como Anexo 2 a esta circular, salvo que se tratase del/la Presidente/a del club. En cualquier caso, tanto si se trata del/a Presidente/a como si es otra persona autorizada, es obligatorio hacerse acompañar del sello distintivo del club.
- Los test se entregarán en cajas de 10 unidades, luego si del número de test a entregar resultase necesario hacer uso de otra caja, la entrega de las unidades extras se hará de forma individual siempre que se trate de entre 1 y 5 test. Cuando se trate de 6 a 9 se entregará una caja completa.
- Los test deberán ser recogidos en un plazo no superior a las 24 horas siguientes al partido o entrenamiento de que se trate. Si la finalización del plazo coincidiera con sábado o domingo, aquel se extenderá al siguiente día hábil. Una vez entregados, las pruebas deberán realizarse no más tarde de las 48 horas siguientes a su entrega.
- Realizadas todas las pruebas, el/los club/es vendrá/n obligado/s a informar de su resultado al Jefe Médico de la FIFLP (COVID-19) cumplimentando para ello el formulario que se une a la presente circular como Anexo 3, el cual deberá firmar un médico. En el caso de los árbitros del encuentro, deberán cumplimentar el formulario que se adjunta a la presente circular como Anexo 4. Los formularios debidamente cumplimentados y firmados por el médico correspondiente, será remitido al correo seguimientocovid19@fiflp.com, no más tarde de las 12 horas siguientes a la realización de las pruebas.
- A continuación, el Jefe Médico de la FIFLP (COVID-19) determinará lo procedente, lo que informará a los afectados a través de los canales de comunicación ya consabidos.