En aras a salvaguardar el derecho de audiencia, la Federación Interinsular de Fútbol de Las Palmas ha publicado la circular número 6 de la presente temporada en la que ofrece una serie de instrucciones relativas a la presentación de documentos y pruebas ante los órganos disciplinarios de la FIFLP.
Los escritos que procedan ser dirigidos a los órganos disciplinarios de la FIFLP así como las pruebas en las que aquéllos puedan sustentarse, sólo podrán presentarse por la sede electrónico del gestor CFutbol (los clubes) o por correo electrónico en los supuestos expresamente autorizados por la Normativa (las personas físicas), debiendo obrar en la Secretaría del órgano disciplinario antes de la finalización del plazo de alegaciones establecido en el artículo 97.3 del Reglamento de Régimen Disciplinario de la FCF.
Así mismo, se recuerda que, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 97.3 del Reglamento de Régimen Disciplinario de la Federación Canaria de Fútbol, el plazo preclusivo para presentar alegaciones u otros escritos al Comité de Competición y Disciplina de la FIFLP se sitúa en las 14:00 horas del segundo día hábil siguiente al del partido.