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Los juveniles del Pedro Hidalgo deberán jugar a puerta cerrada sus próximos cuatro partidos como local

Sanciones 09 Nov 2017
Justicia Deportiva 0

El equipo de categoría juvenil preferente del club de fútbol Pedro Hidalgo deberá jugar a puerta cerrada los cuatro próximos partidos que dispute como local después de que el Comité de Competición le haya sancionado por una "infracción grave de incidentes de público" contenidos en el artículo 46.3 del reglamento de Régimen Disciplinario de la FCF.

Así lo recoge el acuerdo adoptado por el Comité de Competición y Disciplina de la Federación Interinsular que se ha hecho público en la jornada de hoy, en donde además se le impone una multa de 600 euros. Contra la resolución cabe interponer recurso en el plazo de diez días hábiles.

Los hechos sancionados se produjeron en la jornada del 3 de noviembre en el transcurso del partido que disputaban Pedro Hidalgo y Casa Pastores. Según el acta arbitral, este se vio obligado a parar el partido en el minuto 83 debido a que desde un sector del público, identificado como aficionados del equipo local (lucían chandal y polos con el emblema del club), se dirigieron a un jugador visitante con distintas frases denigrantes como "sudaca de mierda, machupichy, trepa palmeras, etc...

En uno de los fundamentos de derecho de la resolución del comité de justicia deportiva se indica que "si el clima social en el que se desenvuelve la actividad deportiva es permisivo con respecto a manifestaciones explicitas o implicitas de violencia física, verbal o gestual, tanto deportistas como espectadores tendrán una mayor propensión a comportarse de manera violenta".

Este es el primer caso que se registra en Canarias después de que la Federación Canaria aprobara en asamblea la modificación del reglamento de Regimen Disciplinario en la que se facultaba al árbitro a paralizar un encuentro en el momento en que se produjeran episodios de violencia verbal procedentes de las gradas.

El artículo 46 del reglamento de Régimen Disciplinario de la FCF indica en uno de sus apartados que "también se considerará actos racistas, xenófobos, discriminatorios e intolentantes en el fútbol... las declaraciones, gestos o insultos proferidos en las instalaciones deportivas o en sus inmediaciones, que supongan un trato manifiestamente vejatorio para cualquier personas por razón de su origen racial, étnico, geográfico o social, así como por la religión, convicciones, capacidad, sexo u orientación sexual, así como los que inciten al odio o atenten gravemente contra los derechos, libertades y valores de las personas".